¿Quiénes
pueden solicitar los servicios de la Defensoría?
LOPNNA
Artículo 204.- Usuarios Pueden solicitar los servicios de las Defensorías de
Niños, Niñas y Adolescentes:
a.-
Los propios niños, niñas y adolescentes.
b.-
El padre, la madre, representantes, responsables y cualquier otro integrante de
la familia de origen o familia sustituta.
c.-
Cualquier persona que tenga conocimiento de una situación que afecte los
derechos y garantías de los niños, niñas y adolescentes.
Las
Defensorías de Niños, Niñas y del Adolescentes deben llevar un archivo para los
casos recibidos, resueltos y en trámite.
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